Una biblioteca se encuentra en pleno proceso de digitalización. Hay un libro cuyo autor es desconocido. ¿Sabes cómo se denomina a estas obras? Huérfanas. Sin embargo, el término no es exclusivo para aquellas creaciones cuyo autor no está identificado. También son huérfanas aquellas cuyos titulares están perfectamente identificados, pero por los motivos que sean no pueden ser localizados.
Este es el caso, por ejemplo, de un autor cuya obra queremos utilizar y que ha desaparecido. O, por ejemplo, el autor ha fallecido y no sabemos quiénes son sus herederos. El problema surge cuando un usuario desea utilizar esas obras. ¿A quién puede pedir la autorización para poder emplear esa obra? Y es que cuando hablamos de obras huérfanas estamos refiriéndonos a obras que están protegidas por Derecho de Autor. Por ello, su uso requiere la autorización del titular de derechos. Y si no podemos contactar con él, ¿cómo podemos usar esas obras de un modo legal?
De un tiempo a esta parte parece existir una demanda creciente de acceso a las obras huérfanas. Es aquí donde las entidades de gestión colectiva pueden tener un papel relevante. Son, desde luego y por múltiples razones, los mejores agentes para intentar localizar al titular de derechos y, cuando ésto no es posible, poder facilitar el acceso a esas obras huérfanas de un modo legal, es decir, respetando el derecho de autor. Por ello, CEDRO solicitó tanto a la Subcomisión de Propiedad Intelectual, creada en el seno de la Comisión de Cultura del Congreso de los Diputados, como al Ministerio de Cultura que le faculte para gestionar las licencias que permitan utilizar este tipo de obras, en lo que a la modalidad de libros y obras publicadas se refiere.
En el ámbito europeo ya se están dando algunos pasos para contar con instrumentos que faciliten el acceso y utilización de las obras huérfanas, como ARROW (Registros Accesibles a la Información de Derechos y Obras Huérfanas de Europeana −la Biblioteca Digital Europea−, por sus siglas en inglés), en el que CEDRO participa.
También IFFRO, la Federación Internacional de Entidades de Derechos de Reproducción, publicaba en mayo de 2007 una declaración a fin de defender el uso responsable de las obras huérfanas. Entre otras cuestiones, el texto insta a las administraciones públicas a definir directrices específicas y guías de buenas prácticas, a apoyar la creación y el mantenimiento de bases de datos con información sobre las obras huérfanas así como las iniciativas de los titulares de derechos para la inclusión de metadatos en los contenidos digitales.
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Estimados amigos:
He leído el libro de Herta Mülller “El hombre es una gran faisán…” de editorial Siruela, cuyo derechos está protegidos por Uds. Más, sucede que yo escribí dos poemas combinatorios intertextuales basados en la obra de Müller y en homenaje a la autora, y quisiera saber si puedo publicarlos. Lamentablemente, debido a la forma en que están resueltos los poemas no me es posible enviárselos por este espacio.
Estimado Sr. Andrade:
CEDRO ofrece licencias que permiten la utilización secundaria, mediante fotocopiado y/o escaneado, de esa edición concreta de Herta Muller en Siruela (ver http://conlicencia.com). Esta es la razón por la que ha visto la leyenda en la que se menciona a CEDRO en la página de créditos del libro.
Sin embargo, CEDRO no gestiona derechos sobre la obra como tal, bien sea la original en rumano o la traducción. Es decir, no podemos dar la autorización para publicarlos. Ignoramos el alcance de su labor: si ha partido de la obra original, de la traducción publicada por Siruela, etc.
Quizá debería dirigirse a algún abogado especialista en la materia al que plantear el caso concreto con todos su detalles para, a continuación, y en su caso, saber a quién dirigirse. Para esta segunda gestión, CEDRO ofrece un servicio de localización de titulares.
Saludos,